jueves, 17 de octubre de 2013

el alcoholismo .


El Alcoholismo 




El alcoholismo es una enfermedad que consiste en padecer una fuerte necesidad de ingerir alcohol, de forma que existe una dependencia física del mismo, manifestada a través de determinados síntomas de abstinencia cuando no es posible su ingesta. El alcohólico no tiene control sobre los límites de su consumo, y suele ir elevando a lo largo del tiempo su grado de tolerancia al alcohol.


Bebedor Social: Personas que siempre que se encuentran en una situación social, necesitan beber para sentirse más sueltas y divertidas. Pueden estar sin beber, pero en reuniones sociales no limitan el consumo de alcohol, y lo hacen hasta sentirse "alegres".

Bebedor Fuerte: Bebedores que toman mucha cantidad de alcohol, independientemente o no de las comidas, y casi todos los días de la semana. Para estos, la bebida es una parte importante de su vida, y una fuente de placer y diversión.  A pesar de que durante  el día toma mucho alcohol, no ha perdido la capacidad de controlar cuánto y hasta cuándo tomar, por lo que rara vez llegan a tener complicaciones sociales, familiares o laborales. El bebedor fuerte raramente se embriaga en momentos o lugares no adecuados, y suele elegir cuando, donde y con quien beber.


Ebrios ocasionalesEn general, son bebedores "fuertes", que ocasionalmente buscan embriagarse. Suelen ser grupos de "compañeros" con los que salir a "festejar", y ya antes de comenzar con la fiesta tienen intención de emborracharse.Su forma de beber se relaciona con una idea de diversión, sin que exista necesidad física.


Bebedor alcohólico: La línea que separa a este bebedor, de los anteriores "bebedores problema", es la pérdida de control sobre la ingestión de alcohol. No puede elegir el momento, ni la cantidad, ni los efectos  del alcohol en su organismo.  No puede decir "basta y por tanto beberá hasta quedar intoxicado. En este caso, y progresivamente, aparecen los trastornos asociados al alcoholismo en todas las áreas de su vida: Física, emocional, familiar, social y laboral. (Clasificación del Dr. A Cormillot)

La Ley 19.925 (“Ley de Alcoholes”), publicada el 19 de enero de 2004, regula el expendio de bebidas alcohólicas; las medidas de prevención y rehabilitación del alcoholismo; y las sanciones y procedimientos aplicables a quienes infrinjan las disposiciones pertinentes.

¿Se puede beber alcohol en la calle?

La Ley de Alcoholes (artículo Nº 25) prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público.
Si una persona es sorprendida bebiendo,  o en manifiesto estado de ebriedad, en alguno de estos espacios, puede ser sancionada con:
  • Multa de hasta una unidad tributaria mensual (1 UTM) ; o bien
  • Amonestación, cuando existan antecedentes favorables para el infractor.

¿La policía me puede detener por beber en la calle o por ser sorprendido en la vía pública o en lugares de libre acceso al público en manifiesto estado de ebriedad?

En cualquiera de ambos casos, la persona no es detenida.
Cuando alguien es sorprendido bebiendo en la vía pública o en manifiesto estado de ebriedad, será conducido por Carabineros a un cuartel policial para cumplir los trámites que estipula la ley, como, asimismo, con el fin de proteger su salud e integridad.
La ley también señala que si la persona no tuviere control de sus actos, puede ser mantenido en las dependencias policiales hasta que se recupere (incluso por seis horas). Si hay riesgo de salud, puede ser conducido a un Servicio de Salud.

¿Cuánto cuesta la multa? ¿Se puede sustituir la pena?

La ley establece que la multa podrá ser de hasta 1 unidad tributaria mensual (UTM). Sin embargo, el infractor puede aceptar que cometió la falta y pagar inmediatamente el 25% de 1 UTM al oficial de guardia de la unidad policial o al suboficial que lo reemplace. De lo contrario, la persona es citada para que comparezca ante el juez de policía local competente.
La multa o infracción también se entenderá aceptada si el infractor paga el 50% del monto máximo dentro de los cinco días posteriores a su citación al tribunal. Con esto se pone término a la causa.
El juez podrá conmutar la multa por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad ofrecidos por la Municipalidad respectiva u otro organismo público. Dichos trabajos podrán también realizarse en una institución de beneficencia que los contemplare.

¿Se puede vender alcohol a menores de edad?

La ley prohíbe a los establecimientos que expenden alcohol, la venta, obsequio o suministro de bebidas alcohólicas a jóvenes menores de 18 años.
Quien lo haga, arriesga pena de prisión en su grado medio (de 21 a 40 días) y multa de 3 a 10 unidades tributarias mensuales.
La ley también prohibe el ingreso de menores de dieciocho años a los cabarés, cantinas, bares y tabernas, y el ingreso de menores de dieciséis años a discotecas.
El administrador o dueños de esos establecimientos, así como quién atienda en ellos, estará obligado a exigir la cédula de identidad u otro documento de identificación a todas las personas que deseen ingresar y tengan, aparentemente, menos de dieciocho o, en su caso, dieciséis años de edad.

¿Qué pasa si un menor de 18 años es sorprendido bebiendo, o en manifiesto estado de ebriedad,  en la vía pública y demás lugares de libre acceso al público?

Como medida de seguridad, el menor será llevado por Carabineros a un cuartel policial o a su domicilio para luego devolverlo a sus padres o a la persona encargada de su cuidado.
Si el menor es llevado a un cuartel policial, Carabineros debe informar a la familia o bien otorgarle las facilidades para que se comunique telefónicamente con un adulto a cargo.
Al devolverlo a los padres o a la persona encargada de su cuidado, Carabineros debe indicar por escrito que si el menor incurre 3 veces en un año en la misma acción, se harán llegar los antecedentes al Servicio Nacional de Menores (SENAME).